Operaciones traslativas de dominio: Aviso Pre-preventivo

Operaciones traslativas de dominio: Aviso Pre-preventivo
Documentos necesarios:
  • Escritura original del inmueble con datos de registro.
  • Nombres completos y autorización de parte vendedora y parte compradora
  • INE vigente, RFC, CURP, domicilio, estado civil, profesión etc.
  • Mencionar si se encuentra libre o con gravámenes.

¿Qué es el certificado de libertad de gravamen o de gravámenes con carácter de aviso pre-preventivo?
Es un aviso que el Notario Público envía al Registrador Público que corresponda según el Municipio donde se encuentra el inmueble, cuando los clientes buscan celebrar una operación traslativa de dominio.

¿Para qué nos sirve?
  1. Certifica la situación actual registral del bien sobre el dueño actual y la existencia o no de gravámenes.
  2. Se notifica a Registro Público de que el Notario hará un proceso de traslación de dominio de inmueble(s) entre determinados comprador(es)y vendedor(es) en su Notaría.
  3. Este aviso protege esta operación ante terceros o alguna otra venta por 45 cuarenta y cinco días naturales, mientras se formaliza el proceso de la operación inmobiliaria.
  4. El bien durante este tiempo no puede sufrir o ser afectado por algún nuevo gravamen, ya que este aviso congela la propiedad contra cualquier actividad de esa índole, embargo o hipoteca.
  5. Este aviso tiene prelación o preferencia en derechos desde el momento de su presentación ante Registro Público, con la hora y día en que se ingresa a cajas.

CASO PRÁCTICO

Su cliente venderá su casa ubicada en el municipio de Monterrey, Nuevo León por un valor de $1,000,000 un millón de pesos, tras negociar con el comprador y vendedor deciden empezar el proceso de la compraventa en la Notaría 32, una vez iniciado el proceso…

¿Puede el vendedor ir a otra Notaría?
No, hasta en tanto concluya la vigencia del pre-preventivo a Registro presentado o se solicite la cancelación del mismo a la notaria qué lo expidió.

Siguiendo el mismo ejemplo, el comprador le comenta que tiene una gran inquietud, pues no sabe qué pasará con esa casa que quiere comprar en lo que se hace el proceso de las Escrituras…

A lo que usted puede responder.

El pre-preventivo que hace el Notario ante registro tiene la finalidad de brindarle protección, el bien, una vez que se haga el aviso se encuentra congelado por 45 días naturales, por lo que no puede sufrir ningún tipo de gravamen nuevo, además esa casa solo se le podría vender al comprador que viene especificado en mencionado aviso protegiéndolo y dándole preferencia ante cualquier otro interesado.

FUNDAMENTO:
Artículo 2910 del Código Civil para el Estado de Nuevo León.