Cancelación de usufructo sobre bien inmueble

El usufructo es el derecho de disfrutar de manera temporal bienes ajenos, se considera vitalicio cuando no expresa lo contrario. Los derechos y obligaciones del usufructuario y propietario se pactan por el título constitutivo del usufructo. Las Sociedades que no tienen la facultad de adquirir, poseer y/o administrar bienes raíces, tampoco pueden tener usufructo constituido sobre bienes de esta clase. El propietario, así como el usufructuario, tienen derechos y obligaciones expresados a partir del artículo 986º del Código Civil para el Estado de Nuevo León.
PARTES DEL USUFRUCTO
Propietario → tiene la nuda propiedad, es el dueño
Usufructuario → quien disfruta del bien, no es el dueño
LA PROPIEDAD
Cuando el bien está en usufructo, la propiedad de la cosa no es de quien la disfruta; la nuda propiedad es del dueño. Al extinguirse el usufructo, el bien se le regresa de manera íntegra al propietario y vuelve a tener la plena propiedad.
¿Cómo se extingue?
Hay varias razones por las cuales se extingue el usufructo, las más comunes son:
- Por muerte del usufructuario (quien disfruta del bien)
- Vencimiento del plazo
- Se cumplió la condición del usufructo
- Perdida total del bien
CASO PRÁCTICO
Supongamos una persona heredo la nuda propiedad de una casa con usufructo vitalicio en favor de un familiar y el usufructuario fallece, por lo que decide vender…
¿Se debe cancelar el usufructo o se extingue por si solo?
Se debe solicitar su cancelación. El usufructo del bien se registra ante Registro Público de la Propiedad, siguiendo el caso práctico, es necesario dar aviso a la autoridad que ha fallecido quien disfrutaba del bien. Se debe presentar la acta de defunción y solicitar de manera expresa la cancelación del usufructo.
¿Qué debe contener la solicitud?
- Datos completos del propietario
- Información registral y catastral del bien, así como su dirección exacta
- Acta de defunción original expedida por el Registro Civil
- Firma del dueño ratificada ante Notario Público
Fundamento: Código Civil para el Estado de Nuevo León